Aportes resguardados

ONP permite que padres accedan a pensión de ascendencia si afiliado fallece soltero y sin hijos

Requisitos incluyen edad mínima, dependencia económica, ingresos bajos; trámite virtual o presencial disponible

Fuente: Internet

Lima, -La Oficina de Normalización Previsional (ONP) aclaró qué sucede con los aportes de los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) si estos fallecen sin estar casados y sin tener hijos. En ese escenario, la ley contempla un beneficio llamado pensión de ascendencia, que permite que los padres del afiliado fallecido puedan acceder a una pensión bajo ciertas condiciones. 

¿Quiénes pueden acceder a esta pensión de ascendencia?

Los padres del afiliado fallecido (soltero y sin hijos) pueden solicitar la pensión de ascendencia si cumplen con varios requisitos:

  • El padre debe tener al menos 60 años y la madre al menos 55 años

  • Si alguno de los progenitores no cumple con esa edad mínima, puede solicitarla igualmente si posee una condición de invalidez reconocida mediante certificado médico emitido por una comisión médica oficial.

  • Los padres deben haber dependido económicamente del afiliado fallecido; es decir, que su sustento haya estado vinculado al afiliado. 

  • No pueden tener ingresos superiores al monto de la pensión que les correspondería recibir. 

¿Cuáles son los beneficios y montos?

  • La pensión de ascendencia es de por vida y da acceso a atención médica para el beneficiario. 

  • Según la Ley N.º 32123, este beneficio tiene un monto mínimo de S/ 400

¿Cómo se solicita la pensión de ascendencia?

La ONP ha establecido dos vías para tramitar el beneficio:

  1. Trámite virtual:

    • Ingresar al portal de ONP Virtual, opción “Soy Familiar”.

    • Seleccionar “Pensión para madre o padre”.

    • Programar una videollamada. 

  2. Trámite presencial:

    • Acudir a la sede de la ONP más cercana al domicilio del solicitante. 

El horario de atención virtual es generalmente de lunes a viernes entre 8:00 a.m. y 5:00 p.m. 

Casos adicionales y derechos relacionados

  • Si el afiliado fallece y tenía pareja (conyuge) o hijos, estos son los beneficiarios prioritarios mediante la pensión de viudez u orfandad. 

  • La pensión por ascendencia se aplica sólo cuando no hay cónyuge ni hijos. Si existe alguno de estos, serían ellos quienes recibirían la pensión. 

Importancia práctica y relevancia

Este beneficio garantiza que los aportes acumulados no se pierdan si el afiliado fallece en dicha condición (sin hijos ni pareja), sino que puedan beneficiar a sus padres que dependían de él. Esto ofrece seguridad para quienes no han formado familia pero tienen familiares mayores que dependían de su apoyo. Además, contribuye a que el sistema de pensiones cumpla con su función social, no solo de jubilación, sino de protección familiar tras el deceso del afiliado.

Fuente: La República

 

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