Revocación de detención preliminar (Vídeo)

Poder Judicial ordena liberar a Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda

Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional considera que no hay peligro de fuga ni obstaculización de la justicia.





Lima.- El Poder Judicial, a través de la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional, aceptó el recurso de apelación presentado por las defensas legales de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda, revocando la orden de detención preliminar de diez días dictada en su contra el pasado 10 de mayo, en el contexto del denominado caso ‘Los Waykis en la Sombra’.

La jueza Sonia Torre Muñoz, durante la lectura de la resolución, indicó que no se cumplían los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal para mantener la medida de detención.

En consecuencia, ordenó la liberación de Nicanor Boluarte, Mateo Castañeda, Noriel Chingay, Jorge Chingay y Jorge Luis Ortiz. El tribunal concluyó que no existía peligro de fuga ni de obstaculización de la averiguación de la verdad por parte de los imputados, señalando que el juez de primera instancia no justificó adecuadamente estos aspectos.

La magistrada argumentó que la revocación del mandato obedecía a la falta de datos sustentados objetivamente, afirmando: "no tenemos objetiva y razonablemente un dato sustentado con objetividad correspondiente". Añadió que "no es necesaria la medida de detención preliminar y menos aún la incomunicación de los investigados". Sin embargo, recalcó que los involucrados deberán cumplir a futuro con las disposiciones que se establezcan en el proceso.

Durante la audiencia, al referirse sobre el hermano de la presidenta, Dina Boluarte, la magistrada sostuvo que "no existe evidencia objetiva alguna de que el investigado, Nicanor Boluarte, pueda ser proclive a incurrir en peligro procesal, ya sea en su manifestación de fuga o de obstaculización del accionar de la justicia", lo que ameritaba "la revocatoria de esta decisión".

Acto seguido, la jueza revocó también la detención preliminar del abogado de la mandataria, Mateo Castañeda, aduciendo las mismas razones. Por otro lado, la sala desestimó el pedido del Ministerio Público para ampliar a 15 días el plazo de detención preliminar con el objetivo de "realizar actos de investigación urgentes e inaplazables en esta etapa preliminar".

Cabe señalar que el caso 'Los Waykis en la Sombra' se refiere a una presunta red vinculada a los delitos de organización criminal y tráfico de influencias, relacionados con la designación de prefectos y subprefectos para la creación del partido Ciudadanos por el Perú.

Las investigaciones se centran en determinar si hubo manipulación indebida en estos nombramientos, lo cual ha generado un significativo interés público y mediático.

La resolución de la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional marca un punto crucial en el desarrollo del caso, subrayando la necesidad de una fundamentación sólida y objetiva para la aplicación de medidas restrictivas de libertad en el marco de las investigaciones judiciales.

Este fallo también pone de relieve el equilibrio necesario entre las diligencias investigativas y la garantía de los derechos fundamentales de los investigados, en consonancia con los principios del debido proceso y la presunción de inocencia.

La liberación de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda se convierte así en un precedente importante en el tratamiento judicial de casos de alta sensibilidad política y social, reflejando el rigor y la independencia que debe caracterizar la labor del Poder Judicial en el país.


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