Acceso durante eventos masivos

Lima: Congreso plantea ingreso de alimentos propios a conciertos

Proyecto plantea acceso con agua y alimentos similares a los vendidos dentro

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Lima.- Una iniciativa presentada ante el Congreso plantea establecer nuevas reglas para el ingreso y consumo de alimentos y bebidas en espectáculos pagados con un aforo de 500 personas o más. El Proyecto de Ley N.° 00116-2026-2031-CD, de autoría del diputado Ángel Renato Meneses Crispín y promovido por la bancada Ahora Nación, busca que los asistentes puedan llevar productos propios bajo determinadas condiciones durante este tipo de actividades.

Entre las medidas contempladas figura la obligación de permitir gratuitamente el ingreso de botellas transparentes y selladas con agua. Además, los establecimientos tendrían que disponer de puntos de hidratación sin costo, abastecidos con agua apta para consumo humano. Estos espacios deberán estar señalizados y ser accesibles, considerando aspectos como la cantidad de asistentes y la duración prevista del espectáculo, sin que la venta de bebidas dentro del recinto elimine esta obligación.

Los asistentes también podrían ingresar sin pagar alimentos y bebidas propios, siempre que estos sean iguales o similares a los productos comercializados en el establecimiento. A ello se suma una obligación informativa para los organizadores, quienes tendrían que comunicar con un mínimo de tres días de anticipación las características de las botellas y recipientes autorizados. La información debería difundirse mediante páginas web, redes sociales y otros canales empleados para informar sobre el evento.

Aunque la propuesta contempla el ingreso de productos propios, también permitiría establecer una prohibición general sobre alimentos y bebidas cuando existan razones objetivas y justificables. Sin embargo, el agua permanecería exceptuada de esa restricción. El texto presentado no precisa qué circunstancias podrían ser consideradas válidas para aplicar dicha medida. En caso de establecerse, la prohibición tendría que alcanzar de manera general a los asistentes y no dirigirse exclusivamente contra determinados consumidores.

La fiscalización del cumplimiento estaría a cargo del Indecopi, cuyos órganos resolutivos competentes podrían sancionar las infracciones aplicando las disposiciones de la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Como antecedente, la iniciativa recoge decisiones relacionadas con Cineplanet y Cinemark, donde fueron cuestionadas restricciones para ingresar a las salas con productos similares a los comercializados internamente.

Quedarían fuera del alcance de la propuesta los eventos teatrales y los espectáculos de concurrencia masiva realizados mediante estímulos económicos otorgados por el Ministerio de Cultura, siempre que exista una prohibición general de consumir alimentos y bebidas. En esos casos, la restricción tendría que aplicarse a todos los asistentes. Si la iniciativa es aprobada y posteriormente se convierte en ley, sus disposiciones comenzarían a regir 90 días calendario después de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Fuentes: La República


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