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Pesca de pota reinicia el 1 de octubre
El Ministerio de la Producción aprobó además un paquete de medidas de ordenamiento y control.

Lima.- El Ministerio de la Producción (Producción) anunció que las actividades extractivas del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) se iniciará el 1 de octubre de 2025, con una cuota máxima de 40,000 toneladas hasta el 17 de octubre.
Detalló que esta captura forma parte del Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de 559,804 toneladas fijado para el presente año, en concordancia con los estudios del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) que evidencian una población de calamar gigante en proceso de reconstitución y recolonización de sus áreas históricas de distribución; y, recomiendan un manejo precautorio para garantizar su sostenibilidad.
“El reinicio de la pesca del calamar gigante o pota el 1 de octubre, con una cuota de 40,000 toneladas, promueve el aprovechamiento responsable de este recurso y el desarrollo de su pesquería, la cual sostiene la alimentación y la economía de miles de familias pesqueras a lo largo de la costa”, destacó el ministro de la Producción, Sergio González.
El titular del sector precisó que entre las nuevas disposiciones de su sector se encuentra proteger el periodo de mayor reproducción de la especie.
Ordenamiento y control integral
Explicó que las reglas vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025 están dirigidas a las embarcaciones pesqueras artesanales, que deberán operar exclusivamente con línea potera y contar con permiso de pesca y habilitación sanitaria vigentes.
Señaló que no pueden realizar actividades extractivas aquellas embarcaciones que mantengan solicitudes de permisos de pesca en trámite; y también, las embarcaciones pesqueras artesanales no llevan a bordo otro arte de pesca distinto a la línea potera, a excepción de aquellas que desarrollen actividades extractivas del recurso tiburón y perico, como pesca objetivo.
Por capacidad de bodega
Se establece que cada embarcación podrá realizar una sola faena de pesca, con cuotas máximas de captura y tolerancia según capacidad de bodega:
- Menor de 10 m³: 6 toneladas con tolerancia de 0.5 toneladas.
- De 10 a 20 m³: 8 toneladas con tolerancia de 1 toneladas.
- De 20 a 32.6 m³: 12 toneladas con tolerancia de 1 toneladas.
Asimismo, para aquellas embarcaciones con Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat) operativo y vigente tendrán el doble de tolerancia.
Embarcaciones sin Sisesat
Para las embarcaciones sin Sisesat, se exigirá que deban registrarse de manera obligatoria hasta el 29 de setiembre de 2025, e informar al Ministerio de la Producción (Produce) antes del inicio de la faena de pesca, la hora, el lugar y la fecha de zarpe, a través de los medios tecnológicos que determine la DGSFS-PA.
Como evidencia adjuntarán el zarpe o documento similar proporcionado por la Capitanía del Puerto correspondiente.
El calendario de zarpes queda establecido de la siguiente manera:
- Embarcaciones con bodega de hasta 20 m³: del 1 al 12 de octubre.
- Embarcaciones de más de 20 m³: del 4 al 12 de octubre.
Por su parte el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos subrayó que las reglas de captura, transporte y procesamiento son estrictas y necesarias.
"Con ellas garantizamos la trazabilidad del recurso y una cadena productiva que respete la sostenibilidad y la formalidad en cada etapa, desde la faena en el mar hasta el procesamiento en planta” subrayó.
Desembarque y procesamiento
El desembarque de la pota deberá realizarse en puntos autorizados hasta las 11:59 p. m. del 17 de octubre de 2025, registrando el número total de cajas y el peso estimado en el Formato de Desembarque, que puede ser digital o físico.
El procesamiento en plantas autorizadas se permitirá hasta las 11:59 p.m. del 22 de octubre, siempre que la pota sea transportada en vehículos isotérmicos registrados ante la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de Pesca Artesanal (DGSFS-PA).
Precisó que estos vehículos deben contar con ticket de pesaje durante el traslado cuando provengan de puntos de desembarque autorizados que cuenten con instrumentos de pesajes autorizados.
Las plantas, a su vez, tendrán un plazo máximo de 48 horas para informar la recepción del recurso y verificar que los datos coincidan con el registro oficial.
Conservación y vigilancia para la sostenibilidad
Para proteger el periodo de mayor desove, se dispuso una veda reproductiva nacional del 18 de octubre al 17 de noviembre de 2025, durante la cual queda prohibida la extracción, transporte, procesamiento, comercialización o almacenamiento del recurso, salvo que se demuestre con documentación fehaciente que la captura fue previa a la veda.
Como refuerzo a la fiscalización, el Produce implementará el piloto “Defensores de la Sostenibilidad Pesquera”, que permitirá colaborar con la extracción sostenible y equitativa del recurso pota o calamar gigante, a través de la presencia de personal acreditado en los puntos de desembarque, en coordinación con los gobiernos regionales y las organizaciones de pescadores, para monitorear el cumplimiento de las cuotas y la trazabilidad del recurso.
Señaló que con estas acciones, el Produce reafirma su compromiso de proteger el calamar gigante o pota y fortalecer la pesca artesanal, garantizando que una de las pesquerías más importantes del país continúe siendo sostenible, competitiva y generadora de empleo e ingresos para las comunidades costeras.
Fuente: Andina
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