¡Buen dato!

Guías de turismo y artesanos ya pueden cobrar el bono de S/800

La entrega de esta subvención se realizará entre el 28 de noviembre y el 4 de diciembre de este año. Unos 28.786 profesionales del sector serán los beneficiados, según el Mincetur.

Lima.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó el cronograma oficial de pago de S/800 para 28.786 guías de turismo, licenciados en Turismo, que realizan la actividad de guiado turístico, guías de montañas, guías de caminada y artesanos. El objetivo es darle un apoyo económico a los actores clave de la cadena turística, según la entidad.

Para acceder al cobro de la subvención económica, los profesionales deben acercarse con su DNI físico a cualquier agencia del Banco de la Nación e indicar que tiene una orden de pago electrónico (OPE) a su nombre. Los pagos se harán teniendo en cuenta el último dígito del DNI, entre el 28 de noviembre y el 4 de diciembre.

Además, el Mincetur ha habilitado una plataforma web oficial en la que puedes colocar tu RUC o DNI, dependiendo de si eres guía o artesano, para conocer si accedes a este beneficio. Puedes ingresar al siguiente enlace: 

ambién podrás efectuar tus consultas a través de la línea telefónica habilitada para esta campaña: (01) 680-4854.  

¿Cuáles son los requisitos para acceder al bono de S/800?

Para ser beneficiario de la subvención, debes de cumplir con lo siguiente:

  • Si eres guía de turismo o licenciado en Turismo que realiza la actividad de guiado turístico, así como los guías de montaña, debes contar con registro vigente al 31 de diciembre del 2022, ante la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo o la que haga sus veces del Gobierno regional. Este registro es publicado en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del Mincetur
  • Si eres guía de caminata, debes estar registrado ante la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo o la que haga sus veces en el Gobierno regional, al 31 de diciembre de 2022. 
  • Los guías de turismo, los licenciados en turismo que realizan la actividad de guiado turístico, los guías de montaña, y los guías de caminata, deben encontrarse en estado activo en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y tener la condición de domicilio fiscal habido al 31 de diciembre de 2022

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