Opiniones
La Ley mordaza
Por: Jorge Apolitano Rodríguez (Periodista y Abogado)
A raíz del proyecto de Ley 2862/2022-CR, más conocida como la “Ley Mordaza” iniciativa del Congresista de Perú Libre Segundo Montalvo Cubas que incrementa las penas del delito de difamación y que fue aprobada en primera votación y la segunda votación fue postergada, ha generado repudio en la población.
Este proyecto es criticado por los gremios periodísticos, medios de comunicación, algunas bancadas y la sociedad civil debería ser archivada porque atenta contra la libertad prensa y expresión.
¿Por qué la despenalización de los delitos contra el honor? Muchos periodistas y comunicadores sociales por informar y denunciar hechos de corrupción en nuestro país, contra algunas malas autoridades y funcionarios públicos, han sido objeto de querellas por difamación y calumnia, algunos de ellos procesados y sentenciados, preocupando este problema, porque atenta contra la libertad de expresión e información.
Las numerosas querellas por delitos de difamación y calumnia han generado malestar y preocupación en el seno periodístico, debido a que muchos hombres de prensa en nuestro país fueron procesados y encarcelados injustamente por estos delitos, que a nuestro entender y opinión deberían estar en tipificados en el Código Civil y no en lo penal.
La labor del periodista en varios casos se ve limitada en su trabajo, al pensar que algunos magistrados logren aplicar mal la norma o sean vencidos por el poder y puedan mediar en determinados casos, para que comunicadores sean sentenciados con pena privativa de libertad.
El delito de difamación tipificado en el Código Penal, el congresista Segundo Montalvo pretende en su proyecto de ley incrementarlo de tres años a 4 años de PPL, noventa a ciento veinte días multa y una reparación civil en favor del querellante. Tremenda amenaza contra los periodistas.
Esta preocupante realidad nos obliga a analizar el problema, que a decir de muchos periodistas siempre ha surgido y ha generado controversia, cuando se cuestiona y critica este capítulo del Código Penal: los delitos de injuria, calumnia y difamación. Estos son utilizados por personas, especialmente por funcionarios públicos cuando se sienten ofendidos y alegan que tales afirmaciones atentan contra su honor; denunciando a periodistas y de esta manera silenciarlos, privándolos del derecho de información veraz, amparado constitucionalmente.
Si partimos de esta premisa, debemos decir que el problema de la despenalización de los delitos contra el honor en el Perú garantizará una información libre responsable y veraz en una sociedad democrática y que la libertad de expresión asegurará la vigencia de un interés general en la sociedad. La despenalización de los delitos contra el honor servirá para que la libertad de expresión se fortalezca. Si se lesiona el bien jurídico tutelado que es el honor, los agraviados pueden recurrir a la vía civil exigiendo una indemnización.
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