Infracción de ley
Colegio Roosevelt multado por uso de material inapropiado
Por incumplir las disposiciones legales, el colegio deberá asumir el pago de la multa impuesta.

Fuente Fotográfica: infobae
La Molina.- Indecopi sancionó al Colegio Roosevelt con una multa de S/ 141,433 por entregar material bibliográfico inapropiado a sus alumnos, al concluir que la institución no aseguró un servicio educativo idóneo ni brindó información adecuada sobre los textos utilizados.
El Instituto Educacional Franklin Delano Roosevelt (IFDR), conocido como Colegio Roosevelt, recibió una multa de 26,38 UIT (S/ 141,433) por haber proporcionado a sus alumnos material bibliográfico calificado como inadecuado.
Indecopi, a través de su Comisión de Protección al Consumidor N.º 2, concluyó que el colegio infringió los artículos 25, 73 y 150 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no ofrecer información clara sobre los textos utilizados, no asegurar la calidad del servicio educativo y presentar fallas en su Libro de Reclamaciones virtual.
La investigación se enfocó en la exposición de los estudiantes a contenidos potencialmente perjudiciales para su salud mental, pues el colegio habría permitido el acceso a textos con temas sexuales, consumo de drogas y otros considerados inapropiados para su edad.
La Comisión de Protección al Consumidor N.º 2 del Indecopi señaló que el colegio no tomó las medidas necesarias, junto con los padres de familia, para evitar que los alumnos accedieran a contenidos que pudieran perjudicar su salud mental.
La sanción se originó a partir de una denuncia presentada por la Asociación Internacional de Consumidores y Usuarios de Seguros. Además de la sanción al IFDR, el director del colegio fue multado con 5 UIT por su responsabilidad como representante de la institución.
Como medida correctiva, Indecopi ordenó al colegio suspender en 48 horas el préstamo de los libros observados, evaluarlos según los lineamientos de la Biblioteca Nacional del Perú, informar los resultados a los padres para obtener su aprobación previa y mantener una comunicación constante con ellos sobre la selección de nuevos materiales.
La resolución aún puede ser apelada, y de presentarse el recurso, el caso pasará a la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, que actúa como segunda y última instancia administrativa.
Fuente: RPP
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