Ley antidelito
Nuevo delito de criminalidad sistemática incorpora cadena perpetua para extorsionadores y sicarios en Perú
Ley Nº 32446 tipifica secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado y robo agravado sistemático

Fuente: Andina
Lima, -El Ejecutivo promulgó este lunes la Ley Nº 32446, destinada a incorporar el delito de criminalidad sistemática en el Código Penal peruano. La norma fue oficializada mediante su publicación en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, y lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte y del presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana.
Según lo establecido, la nueva tipificación se incluye como el artículo 318-B del Código Penal. Este artículo precisa que se aplicará cadena perpetua a quienes cometan delitos graves como secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado o robo agravado, siempre que dichos delitos sean cometidos mediante el uso de municiones, armamento de fuego civil o militar, artefactos explosivos u otros medios de similares características, y además provoquen zozobra o terror en la población o en un sector de ella.
La aprobación parlamentaria de la ley tuvo lugar el 4 de septiembre de 2025, cuando el Congreso dio luz verde en segunda votación con 83 votos a favor, 27 en contra y una abstención. Fue resultado de la convergencia de 17 proyectos de ley presentados por distintas bancadas, los cuales fueron debatidos previamente a lo largo del último año.
El propósito central de la norma es endurecer el marco penal frente al aumento de acciones delictivas organizadas que, con repetidas evidencias, han generado temor generalizado entre los ciudadanos. La modalidad criminal bajo observación incluye no solo acciones aisladas, sino estructuras que operan con violencia, armas letales y con fines de intimidación sistemática.
No obstante, la promulgación ha generado también críticas. Parlamentarias como Gladys Echaíz (Honor y Democracia) han señalado que la norma peca de “populismo penal” y advierten sobre redacción ambigua, especialmente por expresiones como “otros de similar características”, lo que podría dejar espacio a interpretaciones y posibles abusos. Asimismo, Ruth Luque (Bloque Democrático Popular) expresó preocupación por la capacidad práctica de las autoridades para investigar, capturar y procesar bajo los plazos y estándares necesarios.
En el plano institucional, el Ministerio del Interior ha señalado que esta ley representa una herramienta jurídica relevante para combatir bandas criminales, extorsionadores y sicarios, ofreciendo penas más severas que las existentes para estos delitos.
La cadena perpetua, como sanción máxima, se reserva en el sistema penal peruano para delitos excepcionalmente graves y, bajo esta nueva ley, se aplicará cuando se cumplan todas las condiciones: uso de armamento o medios intensos de violencia, comisión de delitos tipificados, y creación de terror o zozobra en la población.
Para su implementación efectiva, especialistas y autoridades coinciden en que será necesario reforzar capacidades investigativas: equipos forenses, policías especializados, tecnología de vigilancia, interoperabilidad entre entidades del Estado, y protocolos para preservar derechos fundamentales en procedimientos penales.
En conclusión, la Ley Nº 32446 consagra el delito de criminalidad sistemática con cadena perpetua para quienes incurran en ciertos delitos graves bajo circunstancias de uso de armamento y de generar terror sistemático. Es una apuesta del Estado para responder legalmente ante el recrudecimiento de la violencia organizada, aunque su éxito dependerá de la eficacia operativa, claridad normativa y salvaguardas para evitar arbitrariedades.
Fuente: RPP
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