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Francisco Távara advirtió a la JNJ
El integrante de la Junta Nacional de Justicia expuso tres argumentos por los que se excusaba de participar en la audiencia en la que se votó a favor de la reposición de Benavides como fiscal de la Nación.

Lima.- El primero de ellos refiere que el “Procedimiento Disciplinario Ordinario N.º 001-2024-JNJ, se encontraría en condición de cosa decidida”, debido a que, en dicho expediente, el Pleno de la JNJ ya había emitido decisiones definitivas. Entre ellas, la Resolución N.º 089-2024-PLENO-JNJ, del 23 de mayo de 2024, que dispuso la destitución de Benavides; la Resolución N.º 247-2024-PLENO-JNJ, del 9 de octubre de 2024, que declaró “infundado el recurso de reconsideración” presentado por la exfiscal, y la Resolución N.º 1541-2024-JNJ, del 30 de diciembre, que rechazó el pedido de nulidad interpuesto por su defensa legal. “En su trámite se dictaron las siguientes resoluciones”, resumió el magistrado en el documento.
Asimismo, advirtió que el informe programado no cuenta con un informe previo que dé cuenta del estado real del procedimiento y que la Dirección de Procedimientos Disciplinarios no ha puesto en conocimiento la documentación que contiene el pedido, lo que resulta “inusual, por decir lo menos”. Según Távara, estas omisiones dejan sin “información suficiente que dé cuenta del real estado del procedimiento y el trámite procedimental que corresponde aplicar en estos casos”.
Por último, precisó que la resolución principal de este procedimiento disciplinario “ha sido judicializado, al ser materia del proceso constitucional de amparo N.º 06870-2024-0-1801-JR-DC-10, en el cual la señora Liz Patricia Benavides Vargas ha demandado a la Junta Nacional de Justicia, con el propósito que se declare nula y sin efecto jurídico alguno la resolución N.º 089-2024-PLENO-JNJ del 23 de mayo de 2024”.
El penalista Carlos Cora se refirió a las declaraciones de Francisco Távara. A través de su cuenta de X (antes Twitter) mencionó que no sería suficiente, pues el “deber de garante no se agota con evitar la audiencia”. Mencionó que si él consideraba que la JNJ no debió avocarse al caso de Patricia Benavides, tampoco debió esperar a que dicho pedido se resuelva para recién “protestar”, ya que su deber de garante no se agota recurriendo ahora a los medios para dar su versión y “denunciar el caso”.
“Bajos sus convicciones e interpretaciones de la ley y las competencias de la JNJ, Távara debió intervenir en la audiencia y tratar de evitar su instalación, expresar los argumentos en contra durante la deliberación, votar conforme a ello y, de ser el caso, denunciar los hechos ante el Ministerio Público o ante el Congreso de la República. Solo de ese modo pudo satisfacer el deber de garante que lo vincula como miembro de la JNJ”, concluyó.
Fuente:InfobaePeru
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