Bono Alimentario
Midis aprueba padrón para beneficiarios del subsidio de S/ 270
En la lista se considera a ciudadanos en condición de pobreza o de pobreza extrema, también forman parte del listado los que forman parte de los programas sociales Contigo, Juntos o Pensión 65.
Lima.- El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) ya aprobó el nuevo padrón de los beneficiarios del bono alimentario de S/ 270, que fue autorizado mediante el artículo 22 de la Ley N° 31538.
La lista de beneficiarios del bono económico se realizó a base del registro de ciudadanos elegibles en la aplicación de lineamientos y aspectos técnicos aprobados por el Decreto Supremo N° 003-2020-Midis y la Resolución Ministerial N° 139-2022-Midis.
El Congreso de la República aprobó el crédito suplementario por única vez para los mayores de edad debido al incremento de precios de la canasta básica, esas medidas fueron autorizadas como preventivas ante la emergencia sanitaria de COVID-19.
Requisitos para ser beneficiarios del Bono Alimentario:
- Estar catalogado en la condición de pobreza o pobreza extrema, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh).
- Formar parte de algún programa social (Juntos, Pensión 65 o Contigo) no haber recibido la subvención adicional extraordinaria.
- No estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) o en la planilla privada, excepto pensionistas, sobrevivientes y practicantes.
- Estar incluido en la lista de hogares en el Registro Nacional para Medidas COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria.
- Contar con ingresos mensuales familiares que no superan los S/ 1.025.
Fuente: La República
Erika Rubio
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