Serfor

Aprueban Guía para el manejo de fauna silvestre ante derrame de derrame de petróleo

“Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero”

Lima.- El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), organismo adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), aprobó la “Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero”.

Así lo precisa la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D0000258-2022-MIDAGRI-SERFOR publicada hoy en el cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma indica también que se aprobó el Plan de Acción Inmediato y de corto plazo para la atención de la emergencia ambiental en el área geográfica, siendo una meta la “ejecución de mecanismos de coordinación interinstitucional” del Eje 3 Institucional.

Dicho eje 3 se refiere a la implementación adecuada de brigadas para el rescate de fauna marina, de acuerdo con la normatividad vigente y las obligaciones establecidas a la empresa responsable;  la capacitación y fortalecimiento de las brigadas para el rescate de fauna marina esté a cargo de las instituciones competentes y,  habilitación de zonas de refugio para las especies afectadas; cuyas acciones están a cargo del Gobierno Regional de Lima.

En los considerandos de la norma se indica que mediante Resolución Ministerial N° 133-2022-MINAM, se resolvió prorrogar por el plazo de noventa (90) días hábiles, a partir del 2 de junio de 2022, la Declaratoria de Emergencia Ambiental en el área geográfica que comprende la zona marina costera afectada por el derrame de hidrocarburos en la zona de Ventanilla y Ancón.

La Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero”, tiene como objetivo general establecer procedimientos técnicos para el manejo de especímenes de fauna silvestre afectados por eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero, con énfasis en aves marinas.En el artículo 2 del dispositivo se encarga a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, para que, en coordinación con las demás unidades orgánicas vinculadas, implemente las acciones para la difusión y la correcta aplicación de la referida Guía.

El dispositivo está firmado por Luis Alberto Gonzáles Zúñiga Guzmán  director ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.

Fuente: Andina


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