RUC obligatorio
Desde el 1 de julio, el RUC será obligatorio si vendes por redes sociales
El RUC será obligatorio para todas las ventas por Instagram, Facebook, correos electrónicos y demás plataformas digitales.
Lima.- A partir del 1 de julio, se establece la obligación para los vendedores que ofrecen bienes o servicios a través de redes sociales de pagar impuestos y de incluir su Registro Único de Contribuyentes (RUC) en toda la documentación relacionada con sus ofertas.
Esto se establece mediante el Decreto Legislativo N° 1524, que modifica la Ley del Registro Único de Contribuyentes. Los proveedores tienen hasta el 30 de junio para inscribirse, y aquellos que no lo hagan serán considerados en incumplimiento de la normativa.
Esta medida también abarca a los influencers y youtubers que se dedican a promocionar productos o servicios de empresas a través de plataformas digitales como Instagram, Facebook y otras. Según el reglamento correspondiente, todos los individuos que realizan actividades económicamente gravadas están obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
¿Qué es el RUC?
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el padrón que contiene los datos de identificación de las actividades económicas y la información de las personas o empresas inscritas. Este número, de uso obligatorio, se tramita a través de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y consta de 11 dígitos.
Si el vendedor no se inscribe por su cuenta, la Sunat estará facultada, desde el 1 de julio del 2023, a incorporarlos en el Régimen General del Impuesto a la Renta (IR), cuya tasa es de 29,5%, que viene a ser mayor a otros regímenes especiales tales como Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), Régimen Especial de Renta (RER) y Régimen MYPE Tributario (RMT).
Fuente: La República
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