¡Atención, conductores!

Municipio del Callao reducirá deudas por multas de tránsito

Beneficios regirán desde el 3 de febrero al 2 de marzo del 2023 y alcanzan a vehículos motorizados y no motorizados

Callao.- La Municipalidad Provincial del Callao aprobó reducir las deudas por multas y sanciones administrativas derivadas de infracciones al Reglamento de Tránsito y al Reglamento de Transporte Público de Pasajeros.

Mediante la Ordenanza Municipal 003-2023/MPC publicada en una edición extraordinaria de Normas Legales de El Peruano, la comuna detalla que los beneficios regirán desde el 3 de febrero al 2 de marzo del 2023 y que alcanza a vehículos motorizados y no motorizados.

Se contemplan descuentos de hasta el 80% en el pago de papeletas, dependiendo de cuándo fueron impuestas las multas, y además descuentos adicionales si el beneficiario es habitante del Callao.

Los beneficios señalados no alcanzan a quienes han iniciado el trámite de prescripción de la deuda dentro de la vigencia de la ordenanza o aquellos casos en los que la deuda en materia de tránsito se encuentre en la vía coactiva.

En sus considerandos, la comuna provincial justifica la reducción de deudas en el hecho de que la población se ha visto afectada por el Estado de Emergencia a causa del coronavirus, por lo cual, señalan, resulta necesaria la medida para permitir un equilibrio económico de la ciudadanía.

Detalles del beneficio:

2.1.- Para aquellas infracciones al Reglamento de Tránsito y Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados en el Cercado del Callao, que hayan sido levantadas hasta el 31 de diciembre de 2017, se aplicará un descuento equivalente al 80% del monto de la deuda insoluta.

2.2.- Para aquellas infracciones al Reglamento de Tránsito y Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados en el Cercado del Callao, que hayan sido levantadas en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019, se aplicará un descuento equivalente al 70% del monto de la deuda insoluta.

2.3.- Para aquellas infracciones al Reglamento de Tránsito y Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados en el Cercado del Callao, que hayan sido levantadas en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2021, se aplicará un descuento equivalente al 50% del monto de la deuda insoluta.

2.4.- Para aquellas infracciones al Reglamento de Tránsito y Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados en el Cercado del Callao, que hayan sido levantadas en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2022 al 31 de agosto de 2022 se aplicará un descuento de acuerdo a lo siguiente:

- Para aquellas infracciones al Reglamento de Tránsito de Código M-17 y M-20, se aplicará un descuento equivalente al 50% del monto de la deuda insoluta.

- Para todas aquellas infracciones restantes, con las excepciones que se detallan en el numeral 2.6 de la presente, se aplicará un descuento equivalente al 30% del monto de la deuda insoluta.

2.5.- En todos los casos, cuando la deuda se encontrase en cobranza por la vía coactiva, además de los beneficios antes señalados, se aplicará un descuento de 50% sobre las costas procedimentales y gastos administrativos, que se hayan generado.

2.6.- No será aplicable los descuentos antes señalados por comisión de infracciones al Reglamento de Tránsito de Códigos M-1, M-2, M-3, M-4 y M-5.

2.7.- En el caso que la deuda de la infracción según el año de imposición, se encontrase en procedimiento de fraccionamiento, durante la vigencia de la presente ordenanza, se aplicará el descuento respectivo a todas las cuotas restantes. En caso no cancele la totalidad de las cuotas materia de fraccionamiento durante la vigencia de la presente ordenanza, la última o últimas cuotas impagas, al término del presente beneficio, retornará al monto original de su fraccionamiento.

2.8.- Los beneficios antes señalados solo se aplicarán sobre el valor total de la multa, y después de vencido el periodo del descuento de ley, luego de lo cual se procederá a aplicar el descuento respectivo, si así el caso lo amerite, según los parámetros señalados en los puntos que anteceden.

Fuente: Andina


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