Medida del gobierno
Prohíben reuniones sociales y en domicilios durante Navidad y Año Nuevo
Decreto Supremo también oficializa obligación de presentar carnet de vacunación desde hoy viernes 10 de diciembre
Lima.- El Gobierno prohibió todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, durante Navidad y Año Nuevo, de acuerdo con un Decreto Supremo publicado en el diario El Peruano.
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM dispone que esta prohibición regirá a nivel nacional el sábado 25 de diciembre del 2021 y el sábado 1 de enero del 2022.
Tal como lo adelantó el ministro de Salud, Hernando Cevallos, en ambas fechas la inmovilización social obligatoria o toque de queda será desde 01:00 hasta las 4:00 horas en las provincias del nivel de alerta moderado, entre las que se encuentran Lima y Callao.
"Dispóngase la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el sábado 25 de diciembre de 2021 y sábado 1 de enero de 2022, desde las 01:00 hasta las 4:00 horas, en las provincias del nivel de alerta moderado; estando prohibido todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, en los cuatro (4) niveles de alerta", refiere el texto legal.
Mediante el mismo Decreto Supremo, el Gobierno oficializó la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra la covid-19 en espacios cerrados a partir de hoy viernes 10 de diciembre.
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que la medida alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.
"A partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados (...) tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la covid-19", refiere la norma.
Fuente: Andina
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